En la escuela no nos hablaron lo suficiente de AFIP y del impuesto a las ganancias. Bueno, tal vez cuando vos cursabas todavía no existía. Es cierto. Pero atenti el alumnado, es la oportunidad de aprender. Dale, seguí leyendo que en cualquier momento pedimos que saquen una hoja.
Nos propusimos mantenerte al tanto de las últimas novedades del ya famoso formulario 572, las deducciones, y todo lo que tenga que ver con el impuesto a las ganancias.
¿Qué novedades hay? Si todavía no te enteraste, te contamos acá.
¿Cómo es la nueva escala del Impuesto a las Ganancias?
En nuestro país, si pestañás lento te quedás afuera de la info importante. Por ejemplo, capaz te perdés que el gobierno actualizó la escala de ganancias 2022 que estaba vigente, y desde enero 2023 se modificaron los pisos de ingresos que son alcanzados por este tributo.
Lo cierto es que más allá de eso, todo lo demás sigue más o menos igual: cómo pedir las devoluciones a AFIP, cómo cargar la declaración jurada de ganancias, cuándo hay que presentar la declaración jurada de ganancias. Así que tampoco hay tal crisis.
Enfoquémonos en las últimas novedades sobre el impuesto a las ganancias. Básicamente, con el último ajuste que se dio -ya previsto en el esquema que plantea la ley- el tributo se aplicará cuando la remuneración bruta mensual supere los 404.062 pesos. Esto equivale, aproximadamente, a un sueldo neto de 335.372 pesos.
Cabe destacar que no solo se modifica el piso salarial, sino también los montos no imponibles -esas partes de tu sueldo que no tributan-, los valores de la tabla que definen qué alícuota se paga en cada caso, y los importes topes que pueden deducirse por algunos gastos.
En el formulario Siradig-Trabajador se informan las deducciones, los pagos a cuenta y los datos de pluriempleo, y hay tiempo hasta el 31 de marzo de este año para completarlo en la web de la AFIP.
Veamos un ejemplo: según la nueva escala, una persona que cobre un salario bruto de 450.000 pesos y que no aplique ningún tipo de deducción va a descontar 30.228 pesos de ganancias, es decir, un 8,1% de su sueldo neto. Si, en cambio, declara dos hijos menores a cargo, el impuesto será de 20.672 pesos o un 5,5% del salario neto. Si además, deduce a su cónyuge, la carga será de 12.221 pesos, el 3,3% del neto.
Para el caso de los autónomos, los montos de las deducciones son más bajos y también tributan desde un piso menor. El cálculo da que alguien que gane 169.381 pesos mensuales, sin considerar deducciones, podría ser alcanzado por el impuesto.
¿Cómo se calculó la actualización?
La actualización estaba prevista en la Ley de Impuesto a las Ganancias que se sancionó en 2018, y establece que para el cálculo se utiliza el porcentaje de avance que tuvo de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) entre los meses de octubre de los dos años previos al que corresponde la carga tributaria. Entonces, lo que se consideró fue lo sucedido entre octubre de 2021 y octubre de 2022, y el indicador mostró que aumentó nominalmente un 78%.
Sí, durante el año se hicieron otros dos ajustes, pero esos son a discreción del Poder Ejecutivo -así lo plantea la ley- y solo tocan el piso salarial y los topes para las deducciones con el objetivo de que las alícuotas no queden tan desfasadas de la realidad del país. Así que fueron reajustes parciales, podríamos decir.
Otro punto a tener en cuenta es que el ajuste terminó siendo por debajo de la inflación anual, pero porque -en general- los sueldos tampoco aumentaron tanto como los precios.
¿Cuándo hay que presentar la declaración jurada de ganancias?
El año que se tiene en cuenta para calcular cuánto tiene que pagar de ganancias cada persona ya terminó, ¡sin embargo tenés unos meses de changüí! El formulario Siradig-Trabajador -en el que se informan las deducciones, los pagos a cuenta y los datos de pluriempleo- se presenta hasta el 31 de marzo, pero la Declaración Jurada de Ganancias tiene vencimiento en junio, y dependiendo de la terminación del CUIT pueden ser los días 12, 13 o 14.
Lo que se declara en ese formulario es visto por el empleador que retiene los montos, y las compensaciones eventuales se hacen junto con el salario de abril.
Cómo deducir gastos por educación
Qué se podrá deducir del impuesto a las ganancias
- Servicios con fines educativos, que el contribuyente pague por quienes revistan el carácter de cargas de familia y por sus hijos mayores de edad y de hasta 24 años, inclusive. En este último caso en la medida que cursen estudios regulares o profesionales de un arte u oficio, que les impida proveerse de medios necesarios para sostenerse independientemente.
- La condición es que esos servicios sean prestados por «establecimientos educacionales públicos y/o privados incorporados a los planes de enseñanza oficial y reconocidos como tales por las respectivas jurisdicciones, referidos a la enseñanza en todos los niveles y grados contemplados en dichos planes, y de postgrado para egresados de los niveles secundario, terciario o universitario, así como a los servicios de refrigerio, de alojamiento y de transporte accesorios a los anteriores, prestados directamente por dichos establecimientos con medios propios o ajenos.”
- Clases particulares de materias contempladas en los planes obligatorios de la enseñanza oficial, que sean dictadas fuera de los establecimientos educativos.
- Guarderías y jardines materno-infantiles.
- Herramientas con fines educativos: útiles escolares, los guardapolvos y uniformes. No se incluyen dispositivos tecnológicos.
Cómo realizar el trámite online
- Ingresar a https://www.afip.gob.ar/
- Ir a la pestaña SIRADIG-Trabajador.
- Hacer clic en el nombre de la persona. Se desplegará la opción de cargar el formulario 2022 o 2023.
- Después de elegir el año, aparece otro menú en el que se pueden actualizar datos personales del empleado, del empleador y, en tercer lugar, aparece la opción «Carga de formulario». Luego de elegir esa opción, se despliega el formulario 572.

- Se abre un menú las opciones para ingresar los ítems a deducir: Cargas de familia, gastos en salud, importe de las ganancias liquidadas por otros empleadores, deducciones y desgravaciones. Elegí la opción 3.

- Otra vez verás un menú con el listado de todos los gastos que se pueden deducir. Ahí aparece ahora el ítem «gastos en educación».
- El formulario solicita el nombre de la Entidad proveedora de los gastos en Educación, el CUIT, tipo de gasto (servicios o herramientas), período (el mes del que se trate). Deberás cargar los comprobantes, con la fecha, tipo y número de factura, y monto.
- Cuando hayas completado el formulario, guardá y enviá al empleador.
¿Viste? No era tan terrible. Solo hay que prestar atención a las novedades que hay habitualmente sobre el impuesto a las ganancias, que sería lo mismo que decir que tenés que pasar seguidito por el blog para no perderte una 👀
Muchas gracias por la informacion. Es importante.
¡Hola, Edgardo! Gracias a vos por pasar y tomarte un minuto para dejar un mensaje 💪 ¡Que tengas un finde largo espectacular!
Muchas gracias Eduardo por el informe
Hola, nada de eso va xa los jubilados, cómo es xa nosotras. Yo entro dentro de lo q exponen, pero en vez de 30mil me descuentan 55mil, exdocente en La Pampa.
¡Hola, Aixa! Posiblemente acá está la explicación:
2. ¿Existe una tabla diferencial para las provincias del Sur de nuestro país?
En los casos que se trate de empleados en relación de dependencia que trabajen y jubilados que vivan en las provincias y, en su caso, partido, a que hace mención el artículo 1 de la Ley N° 23.272 y sus modificaciones, se aplicarán las deducciones incrementadas en un veintidós por ciento (22%).
“Ley N° 23.272 Artículo 1° — A los efectos de las leyes, decretos, reglamentaciones, resoluciones y demás disposiciones legales del orden nacional, considérase a la provincia de La Pampa juntamente con las provinciales de Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires.”
De todos modos, al tratarse de un caso específico que la verdad que todavía no hemos tratado en la nota, podés sacarte la duda en Afip, con algún abogado tributarista, o con un contador público. Tal vez en las deducciones esté la respuesta 🤔
Hola Cómo estás. Muy bueno el espacio. Tengo doble empleo. Nunca hice ningún trámite en la AFIP aunque No llegó al monto q nomabraste. De hecho cobro mucho menos. Podría tener algún inconveniente en AFIP? En varios años solo una vez me hizo descuento a las Ganancias. Graciasss
¡Hola, Ale! No deberías tener ningún problema con Afip. No sos vos quien tiene que hacer algún trámite para que te descuenten ganancias. Si te lo estaría descontando Afip, en todo caso podrías cargar algún formulario para las deducciones 😉
Excelente información. Seguramente cuando vea otra información, no dudaré en consultarla.Gracias
¡Qué lindo mensaje! Te esperamos seguidito por acá 😉
Hola les escribo por aca porque nose como hacer con la app, me dice que tengo que cambiar clave, pongo el email saco la selfies y dicen que me van a mandar un email para renovar clave y nunca llega y me fijo en correo no deseado y no llega, una solución porfavor gracias.
¡Hola, Jonathan! Nos encantó ese «por favor, gracias» 😉😉 ¿Qué te parece si le hablás al equipo que la tiene clara con ese tema? Por whatsapp 👉 1139489934
Gracias por mantenernos al tanto! Excelente info, muy útil para estar atentos y me encantó la redacción, muy amena, los leeré siempre 👏👏👏
Aaaaay Ceci, te ganaste nuestro 💖 Las entidades financieras también tenemos sentimientos y valoramos las demostraciones de cariño 😅
Muchas gracias por la información. Siempre es importante saber e interiorizarse sobre las modificaciones que pueden presentar la reglamentación impositiva de nuestro país
¡Hola, Augusto! Gracias a vos por visitarnos. Hoy tenemos una nueva nota de Afip que puede interesarte si sos comerciante https://blog.naranjax.com/como-pedir-la-reduccion-de-anticipos-del-impuesto-a-las-ganancias/ . Te la dejamos a mano por las dudas 😉
Hola! Consulta….Si al posnet de naranja X lo saco a nombre de un monotributista, le retienen ganancias e iva en cada venta? Porque yo lo tengo hace más de 1 año, y estoy en relación de dependencia, y todas las cobranzas que hice de cosas que vendo por mi cuenta y me retuvieron en cada cobranza…me comentaron que a los monotributistas no se les descuenta más que la comisión que corresponde, es así? Muchas gracias
¡Hola, Luciana! Sí, correcto, algo de eso hay. Se debe a la RESOLUCIÓN GENERAL 4622 (Habitualidad). Cuando llegues a las 10 ventas por $50.000 o más, se te retendrá 10.5% en concepto de IVA y 2% de ganancias cada vez que recibas un pago. ¿La solución? Que cada comerciante se inscriba en Monotributo o se registre como PyMES.
Justo estamos esperando novedades respecto al tema, ya que en abril podrían cambiar ese monto ($50.000) porque desde el 2018 no lo actualizan, y quedó muy bajo para el contexto actual.
Esa retención del 12,5% no la hace Naranja X, sino Afip, que observa cada CUIT, por lo que no distingue por solución de cobro. O sea que no sirve de nada que cobres con QR, tarjeta de crédito, tarjeta de débito y link de pago para dividir los ingresos.
Ojalá te haya servido la info 💪
Hola 👋ace un año o quizás más que no puedo recuperar mi cuenta ni mi dinero fui a sucursal m mandaron q mande por WhatsApp .i nada cual seria los medios q debo seguir para la devolución de mi dinero ??????
¡Hola, María Eva! Uuuh, ¿un año? 😰 ¿Te explicaron por qué se bloqueó tu cuenta? En este tiempo ya deberían haberte dado una devolución para explicarte qué pasó. ¿Te comunicaste a este whatsapp 1139489934?
MUCHAS GRACIAS POR LA INFO. SIEMPRE ES IMPORTANTE SABER E INTERIORIZARSE SOBRE LAS MODIFICACIONES DE GANANCIAS.
Por favor realizar un desarrollo más completo sobre Autónomos.
¡Hola, Alonso! Tomamos esa sugerencia para una próxima nota. ¡Claro que sí! 💪
Hola . Buenas tardes . Mi consulta es la siguiente ,no soy monotributista ni nada q se le parezca, soy emprendedora y artesana … Tengo mi cuenta de naranja x y mercado pago . Me pueden descontar a mi en algún momento ?
¡Hola, Dani! Lo que puede hacer AFIP en algún momento -si en alguna de las cuentas tenés $90.000 o más el último día hábil del mes- es preguntarte de dónde estás obteniendo ese dinero. Si tenés cómo justificar el origen de los fondos no hay problema, por eso está bueno facturar si no estás empleada en relación de dependencia.
En abril vamos a estar hablando de la RESOLUCIÓN GENERAL 4622 (Habitualidad). Para quienes emprenden es importante tenerlo súper claro: cuando llegues a las 10 ventas por $50.000 o más, se te retendrá 10.5% en concepto de IVA y 2% de ganancias cada vez que recibas un pago.
Afip observa cada CUIT, no distingue por solución de cobro.
Se deja de retener ese 12,5% cuando el comerciante se inscribe en Monotributo, o se registra como PyMES de actividad comercial, servicios, comercio, industria, minería o agropecuario.
No sabemos cómo estás cobrando tus productos, pero ahí sí podría hacerte un descuento del 12,5% Afip. En abril podrían elevar ese piso de $50.000 porque quedó muy bajo. Apenas tengamos novedades, las estaremos comunicando 😉
Afip puede tocar mi dinero de Naranaja X prepago???
¡Hola, Ale! Si en la cuenta tenés más de $90.000 el último día hábil del mes, Naranja X tiene que informar a AFIP. Pero eso no significa que Afip te la saque. En caso que noten alguna inconsistencia, podrían contactarte para preguntarte por el origen de los fondos. Vos explicás cómo los obtuviste, y.. ¡listo, ningún problema!
Hola equipo de Naranja X. Estoy muy conforme con la app y con las tarjetas que me facilitaron. Tengo una consulta, yo soy modista y hago confección de alguna prenda en especial, lo demás, son arreglos, cambios de cierres, dobladillos, costuras. El taller está en mi casa, trabajo sola. La mayoría de la clientela me paga en efectivo y algunos por transferencia. He puesto un QR pero no tuve éxito y claro, tengo una facturación mínima. Por eso estoy trabajando en otro proyecto, a ver si puedo ganar más, porque no alcanza con la inflación. Sigo pagando el monotributo A porque aún no facturo como para subir de categoría. La pregunta es: tengo que llenar algún formulario o tendré algún problema por no llegar al mínimo de facturación aún? Necesito otro trabajo urgente! Porque no quiero dejar mi monotributo ni dejar de aportar para mí jubilación. Desde ya , muchísimas gracias por leerme, por contestar y ser tan amables! Saludo cordial a [email protected]!!!
¡Hola, Lola! Qué hermoso ese agradecimiento 😊 Lo valoramos mucho… ¡muchísimo! No queríamos perder la oportunidad de decirte que ese oficio que tenés es muy atractivo en este contexto, porque muchas personas entendieron el valor de la moda circular, y consideran arreglar las prendas antes que desecharlas. Además… ¿quién no necesita una modista prolija a mano para un ruedo de último momento? 😏
¿Te hiciste un instagram para promocionar el taller? ¿Estás apareciendo en el mapa de Google así quien busca modista te encuentra fácil? Gestionar eso es GRATIS y la verdad que muy fácil. Te dejamos la info por acá https://www.google.com/intl/es/business/sign-up/
Dicho todo eso -perdón si nos fuimos por las ramas- no vemos por qué tendrías algún problema por no llegar a la facturación para subir de categoría. Es tu realidad. ¿Te aparece algún mensaje recordatorio cuando entrás a la página de Afip? Allí podrían avisarte si tenés algún trámite pendiente.
El monotributo es una buena opción para no estar en la informalidad, así que consideramos que vas bien.
De todos modos, como no podemos ver los montos que facturás y obviamente no conocemos tu situación particular, podés comunicarte al 0810-999-2347 para quedarte tranquila- Es el teléfono de Afip, por si querés consultar si tenés todo en orden. Incluso podés solicitar una videollamada 👉 https://www.afip.gob.ar/atencion/atencion-virtual/turnos.asp
Ojalá te hayamos ayudado. Deseamos que ese negocio prospere como te merecés 🙌🙌🙌
Hola buenas tardes, teniendo mi cuenta con mi showroom y si lo paso a mi nombre igual AFIP me puede contactar? Si soy independiente y quiero aportar, cuánto me cobrarían por mes AFIP ? Un día me quise inscribir para aportar porque mi cuenta ya que no estoy en blanco y me pasaron montos altos de empresas, pensé que podía aportar menos
¡Hola, Norly! ¿Consideraste ser monotributista, o a eso te referís cuando decís que lo intentaste y te pasaron montos altos?
Hola buenas yo me manejo con tranferencias y cobro por.link
Afip podria sacarme algo? O tener algun problema?
Muchas gracias
¡Hola, Ale! Sí, por la RESOLUCIÓN GENERAL 4622 (Habitualidad). Pero esto pasa cuando quien cobra no está registrado, como monotributista o Pyme, por ejemplo.
¿Qué tiene que pasar para que AFIP te retenga 10.5% en concepto de IVA y 2% de ganancias cuando recibas un pago?
👉 10 ventas por $50.000, o más.
Afip observa cada CUIT, no distingue por solución de cobro. O sea que no sirve de nada que cobres con QR, tarjeta de crédito, tarjeta de débito y link de pago para dividir los ingresos. La solución es registrarse, ya sea como monotributista o Pyme.
Hola quisiera alguna respuesta a mi esposo le robaron plata qe estaba en naranja x..
Siempre que consultamos nos dicen qe esperemos
Quisieramos una respuesta concreta!!
Gracias
¡Hola, Ale! ¿Sufrió una estafa y desde Naranja X te dijeron que le van a devolver el dinero, o se bloqueó su cuenta?
Hola y cuanto seria el tope de monto que tendríamos que tener en la cuenta Naranjax para que no los los afecte el impuesto..?
¡Hola, Ceci! En la cuenta de Naranja X podés tener todo el dinero que quieras, mientras puedas justificar su origen si en algún momento Afip te lo consulta 😉
Lo que sí es que la cuenta remunera hasta $200.000, o sea genera rendimientos por ese monto. Podés tener $500.000, si así lo deseás, pero remunera como si tuviese 200.000.
Hola naranja X gracia x tenernos informados siempre
¡Hola, Patri! Gracias a vos por visitarnos y comentar 🥰