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¿Trabajás en relación de dependencia? Entonces ¡atenti! Esta info es para vos. ¿Sabías que la AFIP habilitó un servicio web para que los contribuyentes completen la liquidación anual de los impuestos de Bienes Personales y Ganancias para el período 2022? Porque claro, la digitalización ya llegó a todos lados, incluso a la Administración Federal de Ingresos Públicos

Para que no te compliques la vida con toda la información disponible acerca de estos gravámenes, acá vamos al grano con las respuestas a tus preguntas: ¿Cuándo es obligatorio presentar la declaración jurada de Bienes Personales? ¿Dónde puedo descargar la DDJJ de Ganancias para presentar a la AFIP? ¿Me toca o no me toca? Vayamos punto por punto. 

¿De qué se trata la declaración jurada informativa de Bienes Personales y Ganancias?

La declaración jurada puede ser tanto informativa como determinativa. En el caso de la informativa, el objetivo es recopilar todos los datos referidos a tu patrimonio como empleado al 31 de diciembre del 2022, es decir, al final del período fiscal del año pasado. Esta declaración no debe arrojar saldo a pagar, tampoco hay obligación de inscripción en el impuesto ante la AFIP. 

Sin embargo, si tenés saldos pendientes -tanto a tu favor como no- lo que tenés que presentar es una declaración jurada determinativa que, dicho en criollo, deja constancia de cuánto debés o cuánto te deben en relación a estos impuestos.

¿Cuándo corresponde presentar Ganancias y Bienes Personales?

¿Cobraste $6.600.000 brutos o más el año pasado? Entonces te toca presentar declaraciones juradas informativas del Impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales, hayas sufrido retenciones o no. ¡Ojota, que tenés tiempo hasta el 30 de junio! Si de esas liquidaciones surge un saldo a pagar o recuperar por tu parte, esas declaraciones se transforman en determinativas. 

Para presentar una declaración jurada determinativa, tenés que hacerlo entre el 12 al 14 de junio según la terminación de tu número de CUIT -0, 1, 2 y 3 presentan el 12; 4, 5 y 6 lo hacen el 13; y 7, 8 y 9 les toca el 14- junto con el pago, en caso de que tengas una deuda. Esta declaración jurada, a diferencia de la informativa, sí te obliga a inscribirte y pagar el impuesto si tus bienes gravados al 31 de diciembre superaron estos importes:

  • Período 2022: $11.282.141,08 (casa habitación hasta $56.410.705,41)
  • Período 2021: $6.000.000 (casa habitación hasta $30.000.000) 
  • Período 2019 y 2020: $2.000.000 (casa habitación hasta $18.000.000) 
  • Período 2018: $1.050.000 
  • Período 2017: $950.000 y año 2016: $800.000. 

¿Cómo se presentan las declaraciones juradas?

Tenemos un notición para darte: ¡podés gestionar online todas las declaraciones juradas de Bienes Personales o Ganancias, sean informativas o determinativas! En el primer caso, debés utilizar el programa aplicativo Bienes Personales WEB”, ingresando con tu número de CUIL o CUIT y tu clave fiscal a www.afip.gob.ar.

Para las declaraciones informativas o determinativas de Ganancias, tenés que hacerlo a través de la extensión Ganancias Personas Humanas – Portal integrado, también disponible en la página de la AFIP, donde funciona el programa general al que acceden los contribuyentes inscriptos en el tributo y en el sistema simplificado. 

Si tenés que abonar un saldo pendiente, podés hacerlo a través de un Volante Electrónico de Pago (VEP) o de la billetera electrónica de la AFIP, e incluso podés acceder a un plan de facilidades de pago. Para recuperar la plata a tu favor, hacelo mediante el aplicativo “DEVOLUCIONES Y/O TRANSFERENCIAS – Versión 4.0”, que va a generar un archivo para que presentes a través del servicio con clave fiscal “Presentación de DDJJ y Pagos”.

Llegado a este punto, tenemos una humilde sugerencia. Puede ser una buena idea recurrir a una persona que haya pasado por la facultad de Ciencias Económicas para hacer las declaraciones juradas de Bienes Personales y Ganancias con sus respectivos aplicativos. Exactamenchi: una contadora o contador. Si bien la posibilidad de hacerlo online es genial, no tenés obligación de saber hacerlo.

Contanos, ¿solés hacerlo vos o buscás ayuda? ¡Es hora de ponerse al día con la AFIP y dejar todo pipí cucú! 

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