Argentina, más que tierra de amor y venganza, es tierra de rebuscársela y salir adelante. Y la figura emprendedora es abanderada de este sentimiento nacional. Entonces, no está nada mal que existan herramientas legales que nos permitan realizar actividades comerciales de forma regulada, sin rompernos la cabeza con burocracia infinita y requisitos un toque excesivos, ¿no? Acá es donde entra la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS).
¿Habías escuchado de este tipo societario alguna vez? Porque, justamente, la SAS tiene el objetivo de facilitar la regularización de proyectos emprendedores, sin tantas vueltas y con un capital inicial mínimo.
Pero, exactamente, ¿qué significa Sociedad por Acciones Simplificada? ¿Y en qué consiste? Te lo contamos en esta nota.
Surgida a partir de la Ley 27.349 de Apoyo al Capital Emprendedor (2017), la Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS) es un nuevo tipo de sociedad que se constituye más fácilmente que una Sociedad Anónima. Esto la hace una gran alternativa para facilitar el desarrollo de proyectos emprendedores dejando atrás trabas burocráticas y de acceso al crédito.
Las SAS pueden ser formadas por una o varias personas, no requieren un capital inicial mayor a dos salarios mínimos y, en ellas, la responsabilidad de las y los socios está limitada a sus acciones. En definitiva, es la solución ideal para que la o el pequeño empresario individual pueda acceder a la formalidad comercial.
A diferencia de una Sociedad Anónima o una Sociedad de Responsabilidad Limitada, en las SAS el patrimonio se divide en acciones, y no en cuotas. Pero están excluidas del monotributo y de trabajar desde el Régimen General Impositivo.
La solicitud de inscripción va a depender del domicilio legal en el que vaya a operar la SAS. Generalmente, es posible realizarla a través de un formulario en la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) con CUIT, CUIL o CDI y clave fiscal de la persona responsable, representante legal o sujeto autorizado.
El organismo que interceda para la autorización varía según la jurisdicción en la que se establece el trámite.
No pueden constituirse como SAS aquellas sociedades que:
Así que ya sabés, con la Sociedad por Acciones Simplificada no solo es más fácil y rápido constituir una sociedad que regularice y proteja tu actividad emprendedora, sino que también cuida tu bolsillo: capital propio y negocios, asuntos separados. ¿Conocías esta alternativa?
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