Escuchaste el anuncio de un bono, y te entusiasmaste. ¡Unos pesos extra nunca vienen mal! Después seguro dudaste si te correspondía. Y cuando te dijeron que sí, te picó la curiosidad y te preguntaste: “Si cobro el bono, ¿puedo comprar dólar MEP?”. Qué suerte la tuya, ¡justo veníamos a hablar de eso!
El gobierno publicó en el Boletín Oficial la resolución 1.133 del Ministerio de Trabajo, reglamentando así el pago de los bonos a personas “que cumplen tareas en relación de dependencia en el sector privado, en el sector público, y en el marco del Régimen de Contrato de Trabajo para el personal de Casas Particulares.” El anuncio que hizo Sergio Massa, luego quedó formalizado en el Decreto de Necesidad y Urgencia 438 del Poder Ejecutivo.
¿Me corresponde el bono?
Si percibís un salario neto (en mano) de hasta $400.000, sí.
-Salarios iguales o menores a $370.000: cobran un bono total de $60.000 con dos cuotas de $30.000 en septiembre y octubre.
–Salarios que superan los $370.000 hasta $400.000: cobrarán dos cuotas con un monto variable para llegar a $400.000 en septiembre y octubre.
Atenti, los importes se proporcionan por la jornada de trabajo. Los detallados acá corresponden a una jornada de trabajo fulltime.
¿Cuánto cobran quienes realizan trabajo doméstico?
Las personas que realicen tareas domésticas recibirán $ 25.000, y se pagará en dos cuotas.
¿Cuándo se cobra el bono?
El pago se hará en dos cuotas:
–Septiembre (hay tiempo hasta el 21).
–Octubre (junto con el sueldo).
¿Las empresas privadas tienen obligación de pagarlo?
Sí.
¿Se tiene en cuenta para futuros aumentos?
Depende de lo que establezca la paritaria de cada actividad, ya que si la misma abarca los meses de agosto y septiembre, y establece que los aumentos otorgados compensan el bono del gobierno, corresponderá la paritaria en lugar del bono, es decir que el aumento de la paritaria absorbe el bono.
Gremios que absorben el bono |
Camioneros |
UTEDYC |
Panaderos |
Soesgpyla (solo absorbe una cuota) |
Agencias de publicidad (solo hasta la concurrencia de escala) |
FATIQ |
FENTOS |
ATILRA |
Químicos CCT 77/89 |
Fataga |
CCT 268/95 |
Gremios que no absorben el bono |
Servicio Doméstico |
FATFA |
UOM |
UTHGRA |
Empleados de Comercio |
UATRE |
Sanidad – ATSA |
Textiles |
Plásticos CCT 797/22 |
Pasteleros CCT 139/90 |
Sitratel y Upjet Telefónicos |
UOCRA 76/75 y 577/10 |
Bancarios |
Heladeros CCT 568/09 |
Viajantes de Comercio |
¿Qué pasa con el dólar MEP?
Acá se armó un merengue bárbaro. Si bien en un momento se dijo que quienes reciban el bono no podrían comprar dólar MEP, la Comisión Nacional de Valores aclaró que sí tendrán libertad de hacerlo. La restricción aplica solo al dólar ahorro.
Muchísimas gracias por la información! Me saco la duda! Muy clara y al hueso! Unos genios! Gracias por ocuparse!
¡Qué bien, Sole! Nos alegramos mucho que la info te resulte de utilidad 😍
Naranja, el equipo de este blog son todos unos cracks gracias totales!!!
¡Gracias, Héctor! 😊😊😊 Tenemos que correr a mostrarle este mensaje a nuestras mamás 🙌🙌🙌
jajajaja
Vos reíte, pero están chochas 😍🤩
necesito q me habiliten mi naranjaX, no me funciona y no puedo operar gracias
¡Hola, Gerónimo! ¿Te referís a la cuenta? ¿Está bloqueada? ¿O necesitás activar la tarjeta de crédito? Contanos un poco más, por favor.
que pasa si mi empresa no me quiere pagar el bono
¡Hola, Fabi! Ay, qué macana si pasa eso 😬 Hay dos formas de avisar:
Llamando al 0800-666-4100.
Enviando un correo electrónico a [email protected].
Pero atenti, no es moco de pavo. Ese aviso/denuncia tiene consecuencias, ya que inspeccionarán la empresa. Si corroboran la negativa, ingresará en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales.
Hola soy jubilada y pencionada puedo comprar dólares?por este medio puedo tener ahorros en dólares?
¡Hola, Niria! Sí podés obtener dólar MEP percibiendo jubilación y pensión. La condición es que puedas justificar de dónde salieron los pesos para adquirirlos, y como tenés recibo de haberes… ¡todo bien!